Los escándalos pueden tener una doble vertiente: política y judicial. Y en ambos terrenos cabe exigir responsabilidad a los implicados. Es una evidencia que Mariano Rajoy debería asumir su responsabilidad política y dimitir por el caso Bárcenas, ya que es culpable tanto de su nombramiento como tesorero (responsabilidad in eligendo) como del hecho de que en ningún momento vigiló las actividades de Bárcenas que el propio PP califica como delictivas (responsabilidad in vigilando).
Las revelaciones periodísticas de las últimas semanas, y lo que pueda ocurrir con las próximas declaraciones judiciales de Bárcenas, plantean también una cuestión en el terreno penal: ¿cometió Rajoy un delito de encubrimiento? El delito de encubrimiento sólo lo pueden cometer quienes no son autores ni cómplices, pero intervienen mediante alguna de las siguientes actuaciones: auxiliando al delincuente para que "se beneficie del provecho, producto o precio del delito",ocultando o alterando "el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito para impedir su descubrimiento" o ayudando al delincuente a "eludir la investigación de la autoridad siempre que el favorecedor haya obrado con abuso de funciones públicas".
Vayamos por partes. En los cuatro años transcurridos desde que saltó el caso Gürtel hasta que la relación con Bárcenas se enfrió en marzo de 2013, Rajoy incurrió en los siguientes comportamientos:
1. Autorizó o diseñó la estrategia legal del partido, que se puede resumir de la siguiente forma: el PP se personó como acusación popular, pero todas sus actuaciones tenían como objetivo lograr el archivo de la causa o el entorpecimiento de la investigación, hasta el extremo de que hace un mes fue expulsado del caso por el juez Pablo Ruz.
2. Ordenó o autorizó el pago a los abogados de Bárcenas.
3. Realizó una defensa cerrada en público de su honorabilidad, desde el elogioso comunicado difundido por el PP cuando dejó su cargo de tesorero en 2010 hasta la famosa frase pronosticando que "nadie podrá probar que no es inocente".
4. Animó en todo momento a Bárcenas a "resistir", "ser fuerte" y mantenerse "tranquilo". Y le prometió: "Yo siempre estaré ahí". Y ese comportamiento de apelar a la resistencia se produjo antes y después de que Rajoy conociese que su tesorero guardaba 48 millones de euros en Suiza. Eso en la hipótesis más favorable para el presidente: que se enterara por la prensa de lo que había hecho Bárcenas y no conociese la verdad desde hace años.
5. Autorizó o permitió que Bárcenas se llevase nueve o diez cajas con documentos de la sede del partido, en las que es posible que hubiese pruebas de los delitos cometidos.
6. Ordenó o autorizó a los dirigentes del PP a retener los ordenadores de Bárcenas, sin ponerlos a disposición de la Justicia.
Hasta aquí los hechos. Cada lector podrá formarse una opinión sobre si ese conjunto de actuaciones de Rajoy ayudaron a Bárcenas a aprovecharse del producto de su delito, o alteraron los instrumentos del delito para impedir su descubrimiento o permitieron al delincuente eludir la investigación de la autoridad durante varios años. Estoy seguro de que varios de los abogados que este lunes estarán presentes en la declaración judicial de Bárcenas tendrán en mente ese artículo 451 del Código Penal, que castiga con la pena de prisión de seis meses a tres años a quien cometa delito de encubrimiento. Pero es probable que ninguno de ellos se precipite por esa vía, porque la investigación de los papeles de Bárcenas está en su comienzo y sería un disparate que la causa pasase a estas alturas al Tribunal Supremo.
Vía:http://www.infolibre.es/noticias/opinion/2013/07/15/cometio_rajoy_delito_encubrimiento_5867_1023.html
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