Gonzalo Boyet Tuset
Importantes sectores mediáticos están dedicando buena parte de sus energías no solo a analizar el proceso contra el juez Elpidio Silva, sino también a criticarle duramente por su actitud durante el mismo. Con ello, seguramente se están perdiendo de vista dos temas fundamentales. Primero, que con independencia de que sea un juez el enjuiciado, éste tiene derecho a defenderse en la mejor forma que pueda. Segundo, que el juicio, nos parezca o no un espectáculo, nunca debió celebrarse en las condiciones actuales.
Toda persona, incluso los magistrados que son acusados de prevaricar, tiene derecho a defenderse, a evitar su condena y a evitar, incluso, su propio juicio. Desde esa perspectiva, es evidente que el juez Silva -como cualquier otro acusado- tiene derecho a intentar evitar el juicio. Sobre todo, si no se brindan las condiciones para que éste se celebre con las garantías reales del debido proceso.
La vía que en su momento intentó Silva para retrasar el juicio no fue otra que la nulidad de las actuaciones practicadas por aquel tribunal cuya recusación fue admitida. Como ya expliqué en otro artículo, era lógico y natural que la misma se decretase. De hecho, esto hubiera impedido la celebración del juicio antes de las elecciones europeas a las que Silva concurre como candidato.
La sala que actualmente le enjuicia, sin respeto alguno por el derecho a un proceso debido o al juez imparcial, no sólo se negó a dictaminar en este sentido. Ha obligado a que el juicio se celebre, generando más que razonables dudas sobre su propia imparcialidad.
Llegados a este punto, el acusado tenía y tiene fundadas sospechas sobre el resultado final del pleito. Es ahí, y no antes, cuando comienzan las discrepancias entre su defensa técnica y él. Seguramente, lo más adecuado hubiese sido exponer esas discrepancias antes del comienzo del juicio. Pero la verdad es que tampoco se conocía cuál iba a ser el posicionamiento de la sala respecto a una nulidad evidente que conocían desde hace más de una semana y que habían dejado pendiente de resolver.
Si el tribunal hubiese actuado con corrección jurídica y democrática habría suspendido el juicio, decretando la nulidad y la consiguiente retroacción de las actuaciones. También lo podría haber suspendido cuando el abogado presentó su renuncia hasta la designación de otro letrado. El problema es que ello hubiese implicado su no celebración hasta después de las elecciones europeas y eso no parecía entrar en el guión. Muchos creen que la renuncia fue una estratagema, pero olvidan -juristas incluidos- que la renuncia de un abogado no requiere explicación. Es más, facilitarla podría atentar a los deberes de secreto y lealtad que se tiene respecto de los clientes.









