27 abril, 2012
Hemos llegado a un callejón sin salida una vez que se han derrumbado los ingresos fiscales por el trabajo y el consumo y sale a flote la perversidad de que las grandes empresas, a través de super favores, se les pone en bandeja de plata las excepciones que volatilizan los impuestos. Los bancos y las grandes empresas del IBEX-35 no pagan un triste euro. En esta circunstancia vale la pena dar a conocer la política fiscal que los gobiernos instalados, sean del color que sean, llevan a cabo con un rigor próximo al fundamentalismo. Esta política no es otra que hacer que contribuyan a escote los ciudadanos de este país. La contribución a las arcas del Estado en función del nivel de renta, un aspecto recogido en la Constitución, dada esta infumable política se diluye año tras año. La justificación de esta política no escrita pero que se aplica, es la ley del mínimo esfuerzo y del máximo rendimiento. Los asalariados, la gran masa contribuyente de este país, están a un nivel próximo al absoluto control fiscal, y progresivamente los impuestos indirectos crecían a través del consumo, una receta que atrapa irremisiblemente al estrato social más amplio de la sociedad. Por otra parte, el control fiscal de los beneficios societarios, de grandes empresas, ya es harina de otro costal, el esfuerzo que debe aplicar Hacienda para controlarlos supera su máxima del mínimo esfuerzo.
Con este preámbulo podemos entrar en materia. Si ya de por si es opaco todo aquello que concierne a la recaudación de los impuestos especiales con que están gravados los combustibles, donde la compañía Repsol en un tutifruti mezcla esta recaudación con sus propios ingresos, y de igual forma, este batido de miles de millones de euros también es centrifugado en la coctelera de los gastos propios. Ver post El impuesto sobre la gasolina se camufla en las cuentas de Repsol. El centrifugado contable incrementa la sospecha de que parte del dinero recaudado tenga una dosis mayor de fugado que de centri. Pero esa sospecha se eleva a certeza, que salta a la vista, cuando uno se detiene sobre la tributación fiscal que la petrolera debe soportar en concepto de los beneficios obtenidos.
Para tratar de aclarar tan singular aplicación del Impuesto sobre Sociedades es preciso remitirse al Informe de Gestión de la compañía petrolera. En el apartado Impuesto sobre Sociedades, dice lo siguiente: “Repsol, SA. tributa en régimen de declaración consolidada con otras sociedades filiales del Grupo, desde el ejercicio 1988”. A continuación da una interpretación de cómo aplica este impuesto y remite a la nota número 12, que bajo el epígrafe “Situación Fiscal” aclara este singular concepto donde bajo el término de “Deducción doble imposición” se descuentan 36.990 millones de pesetas. En teoría esta situación puede darse, ya que al trasladar los resultados brutos de las sociedades filiales hacia la sociedad matriz, estos resultados no tienen porqué contribuir a una nueva fiscalidad, ya que con anterioridad en cada una de las sociedades participadas han devengado el impuesto correspondiente. Hasta aquí es la teoría, pero cuando se pretende obtener la contrastación y la comprobación de estos datos, la compañía petrolera se niega en rotundo a facilitar este tipo de información. La duda surge de la interpretación literal citada en el Informe de Gestión de la compañía donde manifiesta su régimen de declaración tributaria consolidada, y dice,“En la nota 3 se exponen saldos totales a cobrar y a pagar en dichas empresas como consecuencia del impuesto devengado en cada una de ellas” Se puede entender que la terminología “devengado” es adquirir derecho a retribución, y en este caso, al pago, concepto bien distinto de los términos: ingresado, satisfecho, y en definitiva pagado que es lo que da derecho a la Reversión por Doble Imposición. Esta aclaración por parte de Repsol hubiera puesto las cosas en su sitio y no hubiera dado lugar a interpretación alguna. Tampoco fue posible recabar información sobre esta cuestión en la Agencia Tributaria, ni el Ministerio de Hacienda, ni el la Secretaria de Estado de Hacienda, donde la sola mención del nombre del contribuyente cierra la puerta a cualquier cuestión que se pueda plantear sobre el particular. Según estos organismos, no pueden facilitar información nominal sobre los contribuyentes, pero cuando la cuestión se plantea sobre un supuesto contribuyente, sin referirse nominalmente a Repsol, ni a las cifras que se manejan, la generalidad conduce a la nada.
Ejercicio 2010
Resultado contable antes de impuestos y antes del Resultado en entidades valoradas por el método de la participación
Sdad. España Sdad. Argentina Resto Sdad. Total
Base Imponible 3.534 2.052 689 6.275
Cuota de impuesto 1.060 (30%) 723 533 2.316
Deducciones (913) (913)
Impuesto a pagar 147 723 533 1.407
Ejercicio 2011
Resultado contable antes de impuestos y antes del Resultado en entidades valoradas por el método de la participación
Sdad. España Sdad. Argentina Resto Sdad. Total
Base Imponible 1102 1.455 940 3.497
Cuota de impuesto 332 (30%) 513 514 1.359
Deducciones (180) (180)
Impuesto a pagar 152 513 514 1.179
Poco importa que la Base Imponible sea una cantidad u otra la magia de Repsol les lleva a pagar, si es que lo pagan, un 4%. Alguna mala conciencia deben de tener este sindicato del crimen cuando se curan en salud. En la página 115 de la Memoria dejan esta nota:
Otra información con trascendencia fiscal, El importe de las deducciones aplicadas en 2011 asciende a 180 millones de euros, derivadas de mecanismos para evitar la doble imposición interna e internacional. Tanto en ejercicios anteriores como en éste, se han producido actuaciones administrativas y judiciales con trascendencia fiscal y contrarias a las pretensiones del Grupo. Repsol YPF considera que su actuación en los indicados asuntos ha sido ajustada a Derecho y se sustenta en interpretaciones razonables de la normativa aplicable, por lo que ha interpuesto los oportunos recursos en defensa de los intereses del Grupo y de sus accionistas. No obstante, dada la incertidumbre generada por la materialización de los riesgos fiscales existentes asociados a litigios y otras contingencias fiscales, el Grupo tiene, al cierre del ejercicio, dotadas provisiones, registradas en el apartado “Otras provisiones” (ver nota 17), que se consideran adecuadas para cubrir los mencionados riesgos. El importe registrado por estos conceptos en el balance a 31 de diciembre de 2011 asciende a 837 millones de euros (en el balance al 31 de diciembre de 2010 el importe registrado ascendía a 588 millones de euros). Los riesgos por los litigios fiscales en curso que han sido provisionados corresponden a un número elevado de causas, sin que ninguna de ellas de forma individual represente un porcentaje significativo del importe provisionado.
Lo que viene a decir esta camarilla de malhechores que de pagar el impuesto nada de nada, si acaso quieres cobrar un euro lo vas a tener que pelear en los juzgados, no obstante para cubrirnos las espaldas provisionamos el importe no sea que el juez se vuelva loco. Se hace necesario dejar constancia de la gentuza que firma los cuentos chinos de las Cuentas Anuales Consolidadas e Informe de Gestión Consolidado de Repsol YPF, S.A. y sus sociedades filiales y del Informe Financiero Anual correspondiente al ejercicio 2011:Presidente, Antonio Brufau Niubó; Vicepresidentes, Isidro Fainé Casas (en representación de CaixaBank, S.A. perteneciente a Grupo Caixa con una Obra Social con amor al prójimo); y Juan Abelló Gallo con un historial por incumplimiento fiscal que deja en un juego de niños al mismísimo Al Capone; Consejeros, Paulina Beato Blanco; Artur Carulla Font; Luis Carlos Croissier Batista; Ángel Durández Adeva; Javier Echenique Landiríbar; Mario Fernández Pelaz; María Isabel Gabarró Miquel; José Manuel Loureda Mantiñán; Juan María Nin Génova; Pemex Internacional España, S.A. Henri Philippe Reichstul; Luis Suárez de Lezo Mantilla; Mario Fernández Pelaz. Para dejar estos nombres aquí y tacharlos de delincuentes, me veo obligado a una cierta rigurosidad en la exposición de los hechos. Teniendo en cuenta que se trata de números puede llevar a una sobredosis de literatura contable que aburra hasta las ovejas. No puede ser de otra manera si pretendo salir indemne, pero te puedes quedar con la copla que esta camarilla lleva años tomando el atajo de rentabilizar el beneficio por acción y su atractivo en Bolsa al complementar, con toda impunidad, el Impuesto de Sociedades como patrimonio propio que se lo reparten gustosamente. Mientras tanto no me voy a cansar de recordar a los millones de parados sin prestación alguna.
¿De quién es Repsol?
Algo extraordinariamente singular se desarrolla en la petrolera Repsol, resulta que CaixaBank ostenta la presidencia al disponer del 12,84% del capital, pero cuando Sacyr Vallermoso y Pemex con un 19,50% acuerdan unir sus fuerzas para controlar la compañía se desata una tormenta y no lo hace posible. Veamos que influencia tiene el 77,15% del capital que está sometido a libre cotización en los mercados de valores donde cotiza -Madrid, Nueva York y Buenos Aires- y es aquí donde nos encontramos con algunos datos que no estaría de más que el gobierno español tomara en cuenta a la hora de decidir su política exterior en este tema. El 21% del capital social de Repsol-YPF es propiedad de inversores estadounidenses, entre los que destacan las participaciones de tres grandes corporaciones financieras, Chase Nominee Ltd., Capital Group International Inc. y State Street Bank and Trust. Y el 33,88% del capital estaría en manos de titulares del resto del mundo sin identificar. Así, como capital español se podría evaluar en un 11% en posesión de los inversores minoristas, es decir, de pequeños inversores nacionales que junto a las participaciones estables del 22,85 totalizaría un 33,85% en el mejor de los casos. Así y todo, a pesar de que su casa matriz esté ubicada en España, la empresa petrolera es de capital mayoritariamente extranjero. Los bancos norteamericanos tienen una participación similar a los accionistas estables como CaixaBank y Sacyr y que se sepa no envían mensajes de guerra a la Argentina, ni tampoco el Estado mejicano por la participación de su compañía estatal. Al gobierno español se le ve el plumero parece que no quieran enterarse de que cuando se privatiza una empresa, todo lo relacionado con ella deja de ser un asunto público y se convierte en un asunto de índole exclusivamente privada, como lo son sus beneficios cuando llega la hora de repartirlos. Va siendo hora que la gente que gobierna el país se preocupe de corregir el flagrante escaqueo fiscal o de lo contrario tendrán que embarcarse en un cohete a la Luna.
La magia del holding
Al aplicar e1 35% del Impuesto de Sociedades en 1a matriz, este ascendería a 68,16, pero como ha habido una “dec1aración” de tributación en las sociedades “hijas” de (52,50 + 26,25) 78,75 se aplica lo siguiente: 68,16 -78,75 (por doble imposición) = +10,59. Lo que da unos resultados de la Matriz después de impuestos, es decir, un resultado neto de 205,34.
¿Qué ha pasado con esta astuta operación? Pues, que en la “cuenta de Hacienda” se han anotado por una parte 78,75 por el impuesto de sociedades de las participadas A+B, al que se añade como apunte 68,16 por el impuesto de sociedades de la matriz, y nuevamente se descuenta 78,75 por doble imposición de las filiales consolidadas A+B.
Vía:http://ataquealpoder.wordpress.com/2012/04/27/para-repsol-el-impuesto-sobre-sociedades-es-un-ingreso/
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