Viernes, 23 de Noviembre de 2012
Sobre la necesidad de aprovechar la
reforma laboral para hacer un ERE con el parlamento y los diputados, para un
mejor uso de los recursos humanos del país..
(Nómina de los diputados OCTUBRE 2012)
https://docs.google.com/file/d/0B1VrWGMG6SGGME1ubDJkWTNMaXM/view?pli=1&sle=true
https://docs.google.com/file/d/0B1VrWGMG6SGGME1ubDJkWTNMaXM/view?pli=1&sle=true
A LA DIRECCION GENERAL DE TRABAJO
Ref.: ERE PARLAMENTO ESPAÑOL
Al amparo de lo establecido en el artículo 51 del
Estatuto de los Trabajadores (RDL 1/95, actualizado con sucesivas reformas y
contrareformas) y siguiendo el procedimiento normado en el RD 1483/2012, de 29
de octubre, por ésta los ciudadanos comunican a la DGT y a los representantes
sindicales o laborales de los diputados del parlamento, si los tuvieren,
la apertura del inicio del periodo de consultas de 30 días tendente a extinguir
la relación laboral que nos une a estos trabajadores de la patria.
Siguiendo el procedimiento previsto en la normativa
reglamentaria, en esta comunicación se hacen constar los siguientes extremos:
a) La especificación de las CAUSAS DEL
DESPIDO COLECTIVO conforme a lo establecido en el apartado 1 del art. 51; las
cuales consisten en circunstancias económicas; la ruina económica del país que
impide pagarles las cuantiosas nóminas que se expresan en el enlace de más arriba, que se adjunta como dato
económico fundamental que justifica la medida; productivas, por a la falta de
tareas diarias que realizar en el puesto para el que fueron seleccionados,
máxime al haberse potenciado últimamente el uso de la técnica del gobierno por
Decreto, y organizativas, exigidas por la deseable mejora en la
utilización de los RRHH del país, que aconseja el mejor uso de los recursos
ociosos y la supresión de puestos de trabajo de manifiesta inutilidad social y
económica.
b.1) El número de trabjadores afectados es de 300 y
pico, siendo su clasificación profesional la de diputados, desconociéndose en
concreto cual es su perfil profesional y aun más cuales vienen siendo sus
tareas habituales en los últimos años.
b.2) El número de trabajadores no afectados es de 200
y pico, tratándose de ujieres, personal de limpieza, mantenimiento y servicios
auxiliares, que permancerán en la empresa para el cuidado del edificio hasta
que éste se destine a otros menesteres.
c) El número de trabajadores empleados en el último
año en esta empresa fue la suma de afectados y no afectados, siendo su
clasificación profesional la de diputados y personal auxiliar.
d) El periodo previsto para la realización de los
despidos es el del 1 de enero de 2013, momento en que se remitirían las cartas
de Despido objetivo individual, poniendo a su disposición la indemnización
reglada de 20 días por año de servicio con el límite de una anualidad.
e) Los criterios tenidos en cuenta para la designación
de los trabajadores afectados por los despidos han sido su escasa
productividad, y manifiesta inutilidad en el desempeño de sus funciones, lo que
lleva a la decisión de suprimir todos los empleos por resultar perfectamente
prescindibles sin ocasionar quebranto a la organización del país.
f) Por su estatuto especial en materia de Seguridad
Social, no se requiere la suscripción de convenio especial de cotización para
los mayores de 55 años, ya que tienen garantizada su jubilación a la edad
reglamentaria.
g) Como medidas complementarias de acompañamiento, se
ha previsto:
- Su repatriación a las respectivas localidades de
origen.
- Su recolocación, mediante la formación con ellos de
equipos de trabajo social, destinados a la ayuda a domicilio, limpieza de
cunetas y otros menesteres de servicio público.
Todo lo cual se comunica a los efectos y
en cumplimiento de la normativa vigente para la tramitación según Derecho.
Vía:http://www.kaosenlared.net/component/k2/item/38397-hacemos-un-ere?--y-por-qu%C3%83%C6%92%C3%82%C2%A9-no-en-el-parlamento-con-los-diputados?.html
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